AYUDAS JUNTA CASTILLA Y LEÓN

AYUDAS JUNTA CASTILLA Y LEÓN

Desarrollando el RDL 2/2020 de 19 de abril la Junta de Castilla y Léon ha dictado una serie de Ordenes que regulan y desarrollan las ayudas contenidas en dicho RDL y que pretenden paliar las consecuencias de la crisis económica derivada de las medidas que el COVID-19 ha conllevado.

Resumimos las mismas, señalando que queda pendiente de publicación las normas reguladoras de su solicitud

I.- ORDEN EEI/383/2020.

Establece subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo de desempleados que hayan perdido su empleo desde el inicio de la declaración del estado de alarma.

II.- ORDEN EEI/384/2020.

Establece las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a incentivar la contratación de trabajadores que por su edad tienen especial dificultad de acceso al mercado laboral y que hayan sido despedidos o provengan de empresas cerradas durante el estado de alarma.

Los beneficiarios deben ser empresas de menos de 250 trabajadores que contraten a mayores de 55 años.

El contrato debe ser a tiempo completo y con una duración de al menos un año.

El importe de la subvención será de 8.000 euros supeditada a la disponibilidad presupuestaria para su concesión.

III.- ORDEN EEI/385/2020.-

Regula ayudas para el aumento de plantilla de las empresas que han tenido que incrementar su producción como consecuencia de la crisis sanitaria del CÓVID-19.

  1. Contrataciones temporales de interinidad dirigidas a las suspensiones de I.T. y Reducciones de jornada. La cuantía varía dependiendo de la duración del contrato y van desde 500 euros en suspensiones de entre 15 y 30 días hasta 3.500 con contratos de duración superior a 180 días.
  2. Contratos indefinidos a tiempo completo. Cuantía de 10.000 euros debiendo garantizar 2 años de duración.
  3. Contrato en prácticas de una duración al menos de 1 año

Todos ellos deben suponer incremento del nivel de empleo respecto del existente en los 6 meses previos.

IV.- ORDEN EEI/386/2020

Pretende fomentar el empleo estable de personas que se hayan quedado en situación de desempleo durante el estado de alarma.

Las empresas deberán tener menos de 250 trabajadores, no pertenecer al sector público y cumplir con las exigencias relativas a la integración de personas con discapacidad.

Los contratos deberán ser indefinidos a tiempo completo y mantener la plantilla media de los 6 meses previos.

La cuantía de la subvención 10.000 euros supeditada a la disponibilidad presupuestaria.

V.- ORDENES 7 DE MAYO DE 2020

Por medio de sendas órdenes de 7 de mayo se establece hasta el 30 de junio el plazo para la solicitud de ayudas destinadas a complementar los costes salariales de los trabajadores de los CEE y de reducción de cuotas a la seguridad social de los trabajadores autónomos (Orden EEI/355/2020)

PLAZO PAGO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. –

Debemos destacar que el plazo ampliado de pago de las obligaciones tributarias del primer trimestre que no hayan sido objeto de aplazamiento debe ser satisfechas el próximo 20 de mayo.

Desde el despacho domiciliamos su abono por lo que deberán tener disponibilidad para dicho cargo.

Segovia, 18 de mayo de 2020