MODIFICACIONES LEGALES 2023

MODIFICACIONES LEGALES 2023

Cuadro de texto: CIRCULAR INFORMATIVA 10/2023 MODIFICACIONES LEGALESTras la reforma laboral pactada con agentes sociales de diciembre de 2021 a lo largo de los últimos meses se están produciendo, fuera del dialogo social, una serie de reformas laborales que además se incluyen en otras normas legales que inicialmente pretende dar contenido normativo a otros aspectos legales claramente alejados del ámbito laboral.

Recogemos extractadamente su contenido:

I.- L.O. 1/2023 de 28 de febrero de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Establece nuevas situaciones especiales IT derivadas de contingencia común (01/06/2023)

  1. Menstruación incapacitante secundaria.
  2. Aborto mientras reciba asistencia sanitaria por SPS.
  3. Semana 39 de embarazo.
Baja por menstruación incapacitanteBaja por aborto (interrupción voluntaria o no del embarazo)Baja a partir de la semana 39 de embarazo
Menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, entre otros. Se considera como “incapacitante” aquella situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada.Interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo. En caso de supuestos en que la interrupción del embarazo sea debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional, tendrá la consideración de situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales.Gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena de embarazo.
El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo.Se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo. La empresa deberá abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja.Abonado a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo. La empresa deberá abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

VIGENCIA: 1/6/2023

     II.- Ley 3/2023 de Empleo de 28 de febrero

 Introduce las siguientes modificaciones:

  • La inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cualquiera de sus cuantías, ya sea en términos mensuales o anuales.
  • Despidos colectivos prevé que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) emitirá un informe en el que, además de comprobar los extremos de la comunicación y el desarrollo del periodo de consultas, se pronunciará sobre la concurrencia de las causas alegadas por la empresa y constatará que la documentación presentada se ajusta a la exigida en función de la causa.
  • Se deroga el procedimiento de oficio ante el orden jurisdiccional social. Se suprime el artículo 148.d) de LRJS que regulaba tal procedimiento y la suspensión del procedimiento administrativo hasta en tanto recayese sentencia del orden social.

VIGENCIA: 2 de marzo de 2023

III.- LEY 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y garantía de los derechos de las personas LGTBI

 Introduce novedades en el ámbito laboral:

  • Incluye entre las posibles causas de discriminación de los trabajadores por cuenta ajena la “orientación e identidad sexual”la “expresión de género” y las “características sexuales”.
  • Establece un elenco de infracciones en materia de igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales, que se califican como leves, graves y muy graves en función de la naturaleza de la obligación incumplida.
  • Impone a las empresas de más de 50 trabajadores la obligación de contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

VIGENCIA: 3 de marzo de 2023                                                                        Segovia 10 de abril de 2023