NOVEDADES TRIBUTARIAS 2022

NOVEDADES TRIBUTARIAS 2022

Con la publicación en el BOE el pasado 29 de diciembre de la Ley 22/2021 de 28 de diciembre, LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO para 2022, se modifican determinadas normas tributarias de las que damos cuenta en este extracto.

1.- IRPF

Reduce la aportación a planes de pensiones. Así el límite será 30% de los rendimientos de trabajo y actividades económicas y 1.500 euros. Se permite aumentar a dicha cantidad hasta 8.500 euros más cuando provenga de aportaciones empresariales.

Estimación Objetiva Singular (módulos) se mantienen en 2022 los límites ya vigentes de 250.000 y 150.000 euros respectivamente.

Igualmente, se prorrogan los límites para aplicación del régimen simplificado y especial de agricultura, ganadería y pesca en el IVA.

2.- IMPUESTO SOBRE RENTA DE NO RESIDENTES

Las medidas adoptadas en materia de tributación mínima en el Impuesto sobre Sociedades tienen su correlato en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, para las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente.

4.- IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

            Tributación mínima:

Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2022, se establece una tributación mínima del 15% de la base imponible para aquellos contribuyentes del Impuesto con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a veinte millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación fiscal, en este caso, cualquiera que sea el importe de su cifra de negocios.

Se introduce, además, el concepto de cuota líquida mínima, la cual no podrá ser inferior al 15% de la base imponible una vez minorada o incrementada, según corresponda, por la reserva de nivelación regulada en el 105 IS.

El tipo de tributación mínima será del 10% en las entidades de nueva creación, cuyo tipo es del 15%, y del 18% para las entidades de crédito y de exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos cuyo tipo general es del 30%. por debajo de dicho importe.

En el caso de las cooperativas, la cuota líquida mínima no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 60% a la cuota íntegra calculada de acuerdo con Régimen Fiscal de las Cooperativas.

Con efectos para ejercicios iniciados a partir 1 de enero de 2022, se reduce del 85% al 40% la bonificación fiscal para las entidades que se dedican al arrendamiento de vivienda. Asimismo, la cuota íntegra del grupo fiscal, no podrán dar lugar, en ningún caso, a una cuota líquida negativa.

5.- IAE

            Se crean nuevos epígrafes para la actividad ejercida por periodistas y otros profesionales de la información y comunicación.

6.- INTERES LEGAL DINERO

Se fija en el 3% y el interés de demora de la Ley General Tributaria en el 3,75%.

VIGENCIA  1 DE ENERO DE 2022

 Segovia, 3 de enero de 2022