PRORROGA ESTADO ALARMA R.D.514/2020

PRORROGA ESTADO ALARMA R.D.514/2020

Mediante R.D. 514/2020 de 8 de mayo, BOE 9, se publica la prórroga del Estado de Alama contemplado en el R.D. 463/2020.

PRORROGA

Así los efectos temporales se prorrogan hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020, de conformidad con los R.D. 463/220 de 14 de marzo.  

En aplicación del plan de desescalada el Ministerio de Sanidad, a propuestas de las Comunidades Autónomas, podrán acordar la progresión de las medidas aplicables a un determinado territorio. La regresión a las previstas en el RD 463/2020 se harán siguiendo el mismo procedimiento.

Debemos destacar el posible desplazamiento por el territorio provincial, isla o unidad territorial fijada en el proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, o de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores dependientes o con discapacidad, respetando las normas sanitarias.

En este proceso el Gobierno podrá acordar con las comunidades autónomas, la modificación, ampliación o restricción de medidas de actuación y limitaciones a la libertad de circulación de personas.

De acordarse se aplicará por el Presidente de la Comunidad Autónoma como representante ordinario del Estado en el territorio.

Aquellos municipios que constituyan enclaves recibirán el tratamiento propio de la provincia que les circunda aun cuando pertenezcan a otra comunidad.

VIGENCIA: mismo día de publicación BOE 9 de mayo de 2020.

Segovia, 9 de mayo de 2020