Ref.- 6/2026 – JURISPRUDENCIA DESTACABLE 2025

Ref.- 6/2026 – JURISPRUDENCIA DESTACABLE 2025

Habitualmente venimos remitiendo información respecto de las novedades legales que impactan en las relaciones laborales.

En ocasiones hemos señalado las deficiencias o falta de claridad de las normas promulgadas que conllevan una dificultad interpretativa y un posicionamiento entre las partes del contrato de trabajo no siempre coincidentes.

Por ello nos hemos permitido resumir en esta circular aquellas resoluciones judiciales más destacadas o que mayor impacto provocan en el desarrollo diario de las relaciones laborales. Pretendemos resumir, de forma clara y sencilla, su contenido:

I.- DESPIDOS

  • Indemnización por despido improcedente (sentencia 25/11/2025). El TS reitera que la indemnización del art. 56.1 ET está tasada y no puede incrementarse judicialmente mediante indemnizaciones adicionales, descartando la eficacia vinculante de las decisiones del CEDS y sin que suponga ni una vulneración del artículo 10 del Convenio 158 OIT ni del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada.
  • Audiencia previa en despidos disciplinarios (sentencia 28/05/2025). El requisito de audiencia previa solo es exigible para despidos posteriores al 18 de noviembre de 2024, no siendo aplicable retroactivamente
  • Despido tácito baja por agotamiento plazo máximo IT. (sentencia 27/11/2025).El Tribunal Supremo descarta que exista despido tácito cuando la empresa da de baja al trabajador al agotarse los 545 días de baja y le entrega el finiquito correspondiente. No obstante, aconsejamos realizar debidamente la comunicación con expresión de la causa correcta y consecuencias que conlleva.
  • Indemnización Fijos discontinuos (sentencia 20/05/2025). Tribunal Supremo reitera que la indemnización por despido de los fijos discontinuos no computa los periodos de inactividad o entre campañas. La indemnización por despido se calcula solo sobre los periodos efectivamente trabajados.

II.- EXPEDIENTES SANCIONADORES

  • Suspensión de empleo y sueldo (sentencia 1/10/2025).  El proceso sancionador que conlleve suspensión de empleo y sueldo debe determinar la fecha de efectos de su aplicación, no pudiendo supeditarla a la mera voluntad unilateral de la empresa. En caso contrario será nula la suspensión.

III.- PERMISOS RETRIBUIDOS-CONCILIACION

  • Permisos por hospitalización: los días son laborales (sentencia 13/11/2025).  El TS confirma que los cinco días de permiso retribuido por hospitalización, fallecimiento o intervención quirúrgica deben computarse como días laborales y no naturales, incluso cuando el convenio colectivo disponga lo contrario, al interpretarse conforme la Directiva (UE) 2019/1158.
  • Adaptación de jornada (sentencia 24/09/2025). El proceso negociador es un trámite imperativo y esencial dirigido a garantizar el derecho. De incumplirse se habrá de estimar la petición de la persona trabajadora. Si se incumple, se habrá de estimar lo solicitado por la persona trabajadora.

IV.- OTRAS CUESTIONES

  • Protocolo de desconexión digital (sentencia 11/11/2025). Es obligatorio, pero a la hora de elaborarlo, la normativa sólo exige dar trámite de audiencia previa a los RLT, pero no impone la obligación de negociarlo con dichos representantes.
  • Retribución de vacaciones (sentencia 21/12/2025). El T.S. l reitera su doctrina sobre la obligación de incluir en la retribución durante las vacaciones de los complementos que se abonan habitualmente (criterio de los seis meses).
  • Mejoras voluntarias (sentencia 27/05/2025). El T.S. reconoce el derecho de los trabajadores contratados mediante contrato de puesta a disposición (CPD) de una ETT a percibir las mejoras voluntarias del convenio colectivo de la empresa usuaria.

 Segovia, 10 de febrero de 2026