Ref.- 5/2026 – PLANES DE MOVILIDAD SOSTENIBLE

Ref.- 5/2026 – PLANES DE MOVILIDAD SOSTENIBLE

El pasado 4 de diciembre el BOE publicó la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible. El objeto declarado es establecer las condiciones necesarias para que los ciudadanos, así como las entidades públicas o privadas puedan disponer de un sistema de movilidad sostenible, justo e inclusivo como herramienta para lograr una mayor cohesión social y territorial, contribuir a un desarrollo económico resiliente y alcanzar objetivos de reducción de gases de efecto invernadero y otros contaminantes y mejora de la calidad del aire.

Dentro de ese amplio objetivo, la norma también tiene incidencia en el ámbito laboral por cuanto contempla la exigencia de elaborar planes de movilidad sostenible en el trabajo.

I.- PLAN DE MOVILIDAD. –

Debemos entender por tales el conjunto de medidas impulsadas por la Dirección del centro de trabajo y elaboradas en el marco de la negociación colectiva, cuyo objeto es racionalizar los desplazamientos al lugar donde desarrolla la actividad de empleados, clientes, proveedores y visitantes.

Será obligatorio elaborarlo en aquellas empresas de más de 200 personas o 100 por turno, tanto empresas privadas como del sector público.

Dispondrán de un plazo de 24 meses que finaliza el 5 de diciembre de 2027.

Su contenido deberá comprender medidas para mejorar los desplazamientos del personal y reducir el impacto ambiental con diagnóstico de movilidad actual, medidas de movilidad sostenible, optimización de horarios, movilidad compartida, accesibilidad e informe de seguimiento.

II.- NEGOCIACION COLECTIVA. –

Se modifica también el articulo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, regulador del contenido mínimo de los convenios colectivos, para incluir medidas para promover la implantación de planes de movilidad sostenible al trabajo.

Dichos planes deberán ser objeto de negociación con la RLT. En aquellas empresas donde no hay representación legal se creará una comisión negociadora integrada por representantes de la empresa y de las personas trabajadoras, compuesta por los sindicatos más representativos del sector, conformada en función de la representatividad de cada organización.

VIGENCIA: 5 de diciembre de 2025

 Segovia, 2 de enero de 2026