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22/06/2010

Reforma laboral.-

En el BOE se publica el R.D.L. 10/2010 de 16 de junio por el que se aprueba la reforma laboral. Aún cuando debe ser convalidado próximamente en el Parlamento (existen dudas de su tramitación como proposición de ley) las líneas principales serian:

a) Limitación de la contratación temporal y apuesta por el denominado contrato de fomento del empleo indefinido, ya existente pero al que se amplía la base de posibles trabajadores a los que será de aplicación. Se eleva la indemnización por fin de contrato temporal (8 a 12 días de forma escalonada).

b) Modificación de las causas de despido de carácter económico, técnico o de producción. En el despido objetivo se reduce el plazo de preaviso de 30 a 15 días y la falta de requisitos formales no convertirá en nulo el mismo.

c) Flexibilidad en materia de traslados y modificaciones sustanciales del contrato de trabajo.

d) Modificación del mecanismo de inaplicación de convenios colectivos.

e) Alteración del régimen de suspensiones de trabajo con introducción de las reducciones de jornada.

f) Reducciones del contenido de las bonificaciones ligándolas de forma primordial a la creación neta de empleo.

g) Nuevo régimen del contrato de Formación y Prácticas. El primero tendrá la protección de seguridad social como cualquier trabajador y se instaura una bonificación de cuotas del 100% si suponen creación neta de empleo. En los de prácticas se amplía el plazo desde la finalización de los estudios que permiten su celebración.

h) Se aplaza la instauración del modelo Austriaco en cuanto al régimen indemnizatorio de los despidos. Entre tanto el Fogasa abonará parte de la indemnización a los nuevos contratos celebrados a partir de la entrada en vigor de la norma.

En circular informativa específica explicaremos a nuestros clientes más ampliamente su contenido.

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